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Normas Jurídicas Universitarias

CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

ACUERDO SUPERIOR 271

9 de marzo de 2004

Por el cual se aclara un artículo del Acuerdo Superior 253 del 18 de febrero de 2003.

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO, en uso de sus facultades legales y Estatutarias, y

CONSIDERANDO

1. Que el 19 de junio de 2002 fue expedido el Decreto 1279, por el cual se establece el Régimen Salarial y Prestacional de los Docentes de las universidades estatales.

2. Que el Consejo Superior Universitario, por el Acuerdo 253 del 18 de febrero de 2003, expidió el Estatuto del Profesor de Cátedra y Ocasional, reglamentando, entre otros aspectos, el régimen salarial de los profesores ocasionales.

3. Que el Acuerdo Superior 253 del 18 de febrero de 2003 establece, en su artículo 33, que la remuneración de los docentes ocasionales se sujetará, en lo pertinente, a lo dispuesto en los capítulos II, III, excepto los literales e y f del artículo 32, y IV del Decreto 1279.

4. Que los literales e y f hacen parte del artículo 12 del Decreto 1279 del 19 de junio de 2002, y no del artículo 32 como de manera imprecisa se cita,

ACUERDA

Artículo Único: Aclarar que los literales e y f, a los cuales se hace mención en el artículo 33 del Acuerdo Superior 253 del 18 de febrero de 2003, corresponden al artículo 12 del Decreto 1279 del 19 de junio de 2002.



Aníbal Gaviria Correa
Presidente

Ana Lucía Herrera Gómez
Secretaria