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Normas Jurídicas Universitarias

RESOLUCIÓN RECTORAL 16709

Noviembre 27 de 2002

Por la cual se nombran los Representantes del Rector a los Comités de Prevención y Atención de Emergencias de la Universidad de Antioquia .

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y en especial de las conferidas por el Acuerdo Superior 1 del 5 de marzo de 1994, artículo 42, literal h) y,

CONSIDERANDO

1. Que se expidió la Resolución Rectoral 16657 del 14 de noviembre de 2002 Por la cual se crean los Comités de Prevención y Atención de emergencias de la Universidad de Antioquía.

2. Que en dicha Resolución, Artículo 9, se crea el nivel decisorio de los comités de bloque y en el parágrafo primero se estipula que en los bloques con más de una Facultad o Dependencia Administrativa, el Representante será designado directamente por el Rector.

RESUELVE

Artículo 1. Nombrar como Delegados del Rector en el Nivel Decisorio a los siguientes:

a) Al Decano de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, para los Bloques 1, 2, 3, 4, 6, 7.

b) Al Director de la Escuela de Bacteriología y Laboratorio Clínico, para el Bloque 5.

c) Al Decano de la Facultad de Educación para el Bloque 9 y las casas de prado que tienen dependencias a su cargo.

d) Al Director de la Escuela de Idiomas para el Bloque 11 y el Centro de Idiomas.

e) Al Decano de la Facultad de Comunicaciones, para el Bloque 12.

f) Al Vicerrector de Docencia, para el Bloque 16

g) Al Jefe del Centro de Producción de Televisión para el Bloque 10

h) Al Jefe del Departamento de Seguridad Social, para el Bloque 22.

i) Al Jefe del Departamento Comercial, para los Bloques 28 y 29.

j) Al Administrador del Teatro Camilo Torres para el Bloque 23

k) Al Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias para los bloques de Ciudadela de Robledo quien coordinará los grupos de las diferentes áreas académicas de la misma.

l) Al Administrador del Edificio de San Ignacio, para el mismo.

Artículo 2. Los demás bloques estarán representados por los Decanos o Directores tal como se establece en la Resolución Rectoral16657 del 14 de noviembre de 2002.

a) El Director de la Biblioteca central para el Bloque 8

b) El Decano de Economía para el Bloque 13

c) El Decano de Derecho para el Bloque 14.

d) El Director del Museo para el Bloque 15.

e) El Decano de Ingeniería para los Bloques 18, 19,20 y 21.

f) El Decano de Facultad Artes para los Bloques 17,24 y 25.

g) El Jefe del Departamento de Deportes de Bienestar Universitario, para el Bloque 27 (Coliseo).

h) El Decano de Enfermería para la Facultad de Enfermería (Bloque 30) .

i) El Decano de Odontología para la Facultad de Odontología (Bloque 31) .

j) El Decano de la Facultad de Medicina, para la Facultad de Medicina (Bloque 32) y las casas de prado que son dependencias de ella.

k) El Decano de Salud Pública, para la Facultad de Salud Pública (Bloque 33).

l) Los Directores Regionales en cada una de sus sedes.

m) Quien dirija la Sede de Investigación Universitaria, una vez entre en funcionamiento.





ALBERTO URIBE CORREA
Rector

LUIS FERNANDO RESTREPO ARAMBURO
Secretario General

Amparo V.