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Jurídico

Designación de Decanos período 2019-2022

01/02/2019
Por: Secretaría General

El Consejo Superior Universitario mediante la Resolución Superior 2294 del 27 de noviembre de 2018, estableció el cronograma para la inscripción y la designación de decanos para el periodo 2019 – 2022.

El Estatuto General de la Universidad, define entre otras funciones del Consejo Superior Universitario, la de designar los decanos para periodos de tres años. En 2019 culmina el periodo estatutario de las decanaturas de las facultades de Educación, Ciencias Sociales y Humanas, Enfermería, Ciencias Económicas, Ciencias Farmacéuticas y Alimentarias, Odontología y Artes; es por ello que el Consejo Superior define, a través de la Resolución 2294 del 27 de noviembre de 2018, el cronograma de inscripción y designación de las decanaturas descritas para el periodo 2019 -2022, así:

Facultad de Educación, Ciencias Sociales y Humanas y Enfermería

Fecha límite de inscripción

Fecha de designación

01 de marzo de 2019 a las 16:00 horas

09 de abril de 2019, sesión extraordinaria

 

Facultad de Ciencias Económicas y Ciencias Farmacéuticas y Alimentarias

Fecha límite de inscripción

Fecha de designación

19 de julio de 2019 a las 16:00 horas

27 de agosto de 2019


Facultad de Odontología y Artes

Fecha límite de inscripción

Fecha de designación

18 de octubre de 2019 a las 16:00 horas

26 de noviembre de 2019


Procedimiento

El Estatuto General, artículo 33 confiere al Consejo Superior la responsabilidad de nombrar a los decanos para períodos de tres años. Los candidatos pueden ser presentados por el Rector, los profesores, los estudiantes y los egresados de la respectiva Facultad. Quienes inscriban a un candidato deberán estar plenamente identificados y en ningún caso una misma persona de las autorizadas para hacer postulaciones podrá presentar a varios candidatos.

Las calidades para ser decano definidas por el Estatuto General en el artículo 52, son:

•    Ser ciudadano colombiano en ejercicio.
•    No haber sido condenado por hechos punibles, salvo por delitos políticos y hechos culposos, o sancionado en el ejercicio de su profesión o disciplinariamente por faltas graves.
•    Tener título universitario.
•    Haber sido profesor universitario por lo menos durante cinco años.
•    Acreditar como mínimo dos años de experiencia administrativa.

Los candidatos debidamente inscritos y certificados por la Secretaría General deben presentar un documento con su pensamiento y su proyecto de gestión sobre la facultad al Consejo Superior Universitario y un breve resumen del mismo para ser socializado a la comunidad universitaria.

El documento contendrá, en forma expresa y evaluable, la manera como el candidato desarrollará el Plan de Desarrollo de la Universidad y el Plan de Acción Institucional.

Designación

Los criterios para tener en cuenta en la designación de decanos serán su trayectoria y sus méritos (hoja de vida, programa de trabajo propuesto, el análisis de los resultados de la consulta realizada entre los profesores, los egresados y los estudiantes de la respectiva facultad), de armonía con lo definido en el Acuerdo Superior 024 de 1994 y reglamentado por la Resolución Superior 1856 de 2013.  

Es importante destacar que, para la designación de decano, el Consejo Superior Universitario considerará únicamente a los candidatos que alcancen una votación mínima de un diez por ciento (10%) entre los profesores, o entre los egresados, o entre los estudiantes participantes en la consulta de la respectiva Facultad. Para efectos de realización de la consulta, cada estamento, por medio de su representante, gremio, asociación o número significativo de personas, solicitará ante la Secretaría General el apoyo en la consulta, con indicaciones del día, tiempo de realización de la consulta y nombre de las personas que encabezarían el comité veedor de la consulta.

Consulta las normas relacionadas:

Estatuto General artículos 33 literal ll y 52

Acuerdo Superior 024 de 1994

Resolución Superior 1856 de 2013
 

Cronograma Elección de Decanos

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