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Academia Sociedad

Cómo se vulnera el derecho a la salud en el trabajo

30/11/2020
Por: Stiven Arias Henao- Periodista

La vulneración del derecho a la salud en el trabajo trasciende los procesos legales. Detrás de ella hay aspectos socioeconómicos e impactos emocionales y familiares. Así lo revela un estudio de 189 casos de personas que buscaron apoyo en el Consultorio de Seguridad Social e Integral de la Universidad de Antioquia y en la Personería de Medellín.

La construcción, según esta investigación, es uno de los sectores donde más se dan accidentes de trabajo. Foto: Josue Isai Ramos / Unsplash.

La escena parece conocida por todos: pasan las horas de una jornada de trabajo en la que, con esmero, un obrero busca conseguir el sustento para su hogar. En algún momento del día el teléfono de su casa suena y, cuando su esposa contesta, detrás de la bocina le anuncian la mala noticia: el hombre sufrió un accidentó. El evento, posiblemente, cambiará sus vidas para siempre.

Todos los años, cientos de personas inician un día de labores repletas de expectativas, pero lo terminan en la zozobra por culpa de un accidente de trabajo. Otras desarrollan enfermedades laborales por la exposición a condiciones de trabajo peligrosas. Durante el proceso, no pocas de ellas sienten que su derecho a la salud en el trabajo les fue vulnerado.

Una investigación publicada en 2020, desarrollada en la Universidad de Antioquia, describió esa problemática en el caso de 189 hombres y mujeres que habían sido declarados víctimas de «accidentes de trabajo o enfermedades laborales» entre 2008 y 2012. Ellos buscaron apoyo en el Consultorio de Seguridad Social e Integral —CSSI— de la Universidad de Antioquia y en el Observatorio del Derecho Fundamental a la Salud de la Personería de Medellín. «Una persona puede tener un accidente de trabajo hoy, pero su situación puede tardar cinco o diez años en resolverse si desborda el Sistema de Seguridad Social y termina en los estrados judiciales», explicó Mónica Soto Velásquez, docente de la Facultad Nacional de Salud Pública e integrante del CSSI.

Quienes sienten vulnerado su derecho a la salud en el trabajo comparten un perfil muy definido. De acuerdo con la investigadora, son personas con bajo nivel económico y escolar que en su mayoría trabajan desde la infancia y que, muchas veces, son maltratados por sus compañeros y sus empleadores tras denunciar el accidente de trabajo o la enfermedad laboral. La mayoría de esos accidentes ocurrieron en el primer año de vinculación a su empresa.

Vulneraciones y consecuencias

Muchos de los afectados quedaron desprovistos del mínimo vital porque no les reconocieron las prestaciones económicas correspondientes, quizás durante años, mientras estaba en disputa la declaración de su Atel —accidente de trabajo o enfermedad laboral—. Frecuentemente, algunas pequeñas y medianas empresas no afilian a sus trabajadores al sistema de riesgos laborales, o lo hacen con una categoría de riesgo inferior a la que corresponde. De ahí que las administradoras de riesgos laborales — ARL— no reconocieran el evento ni otorgaran la respectiva prestación económica.

Pero las consecuencias no se limitaron a la desvinculación laboral o a la desprotección del Sistema General de Riesgos Laborales. La mayoría de los afectados fueron hombres que desarrollaron niveles de ansiedad y depresión que los imposibilitaron para cumplir con otros roles familiares al no poder proveer económicamente en su hogar, señaló Soto. Muchos sufrieron afectaciones en el relacionamiento sexual con su pareja, o sus hijos dejaron de valorarlos como antes. En sus mentes se instauró una idea de minusvalía, alimentada por el sentimiento de abandono de la empresa.

Ese escenario se complica más porque en Colombia solo se concede la pensión a quienes tienen una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 % por un accidente de trabajo o una enfermedad laboral, pero si la pérdida es inferior se otorga una única indemnización. «¿Y cómo sobrevives el resto del tiempo, cuando tienes una pérdida de capacidad laboral del 30 o 40 % y eres un trabajador del sector primario de la economía en un país con tan altos índices de desempleo?», preguntó Soto.

El 9 de octubre de 2020 el Consejo Académico de la Universidad de Antioquia le concedió el reconocimiento Presencia de la Universidad en la Sociedad 2020, categoría oro, al Consultorio de Seguridad Social Integral —CSSI— de la Alma Máter. Dicho consultorio, que tiene 17 años de trayectoria, articula a las facultades de Medicina, Salud Pública y Derecho y Ciencias Políticas. En 2019, el CSSI brindó acompañamiento a 616 personas de estratos 1, 2 y 3 provenientes de toda el Área Metropolitana.


«Este reconocimiento significa que estamos logrando nuestro objetivo de ayudar a la población vulnerable a superar las barreras que les impiden acceder a los servicios y beneficios de cualquiera de los tres subsistemas del Sistema General de Seguridad Integral: salud, pensiones o riesgos laborales». Así lo dijo Yomaira Higuita Higuita, coordinadora administrativa del CSSI y jefa del Departamento de Medicina Preventiva y Salud Pública de la Facultad de Medicina.

Responsabilidades compartidas


Fotografía: Nate Johnston-Unsplash

El Estado es el primer actor responsable de velar por el derecho a la salud en el trabajo, dijo Soto, quien reconoció que «en Colombia hay un protocolo de reincorporación a la vida social y laboral de personas que han sufrido accidentes de trabajo, pero está esbozado solo para trabajadores del sector formal. Y ese sector contribuye solo el 30 o 40 % de trabajadores al mercado laboral colombiano».

Las instancias que hacen parte del proceso de reconocimiento de los Atel —las ARL y las Juntas de Calificación de Invalidez, regionales y nacionales— son otro actor clave. Sin embargo, la investigadora recalcó que las ARL incurren en un conflicto de intereses al ser juez y parte del proceso, pues son las primeras llamadas a calificar el evento y, al final, las responsables de reconocer las prestaciones derivadas.

Los empleadores tienen la responsabilidad de consolidar procesos de prevención de la enfermedad y promoción de la salud, pues por definición todos los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales son prevenibles. Sin embargo, Soto señaló que muchos de ellos optaron por no consolidar procesos de esa naturaleza por temor a que sus trabajadores se emanciparan y exigieran el cumplimiento de sus derechos.

Por otra parte, en Colombia «pululan las instituciones educativas que imparten procesos formativos en gestión de la salud y la seguridad en el trabajo a distancia y con poca práctica. ¿El resultado? Profesionales de la salud y la seguridad en el trabajo principalmente de escritorio, no de campo», señaló la investigadora. Y agregó que los académicos que investigan en el área de la seguridad social manifiestan poco interés por la salud y la seguridad en el trabajo. El desinterés de los trabajadores por los procesos formativos relacionados con ese campo complica todavía más el cuadro.

Además, «no hay una convergencia en las expectativas de todos los actores involucrados en garantizar el derecho fundamental a la salud en el trabajo». Así lo aseguró Diana Guerra Mazo, docente de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia, quien participó en esta investigación, en su momento como coordinadora del Observatorio del Derecho Fundamental a la Salud de la Personería de Medellín. Para ella, el Estado debe propender normas y políticas públicas que definan y desarrollen mejor los alcances y las responsabilidades de todos los actores involucrados.

Dicha convergencia debe basarse en la concepción de la salud en el trabajo como un derecho fundamental, a la luz de la Ley 1751 de 2015, dijo Guerra. Y destacó que es preciso revisar sentencias como la C-313 de 2014 —la cual establece que la salud no puede ser entendida solo como ausencia de enfermedad sino como completo bienestar físico, psíquico y social—, con miras a consolidar una salud en el trabajo más allá del reconocimiento de incapacidades o del pago de la seguridad social.

De las 189 personas que participaron en la investigación…

  • 148 eran hombres 41 eran mujeres

  • 95 tenían entre 22 y 40 años

  • 144 eran de estratos 1 o 2

La Candelaria y El Poblado: comunas de Medellín donde más ocurrieron los Atel —accidentes de trabajo o enfermedad laboral—.

Las principales actividades económicas de las empresas donde laboraban los trabajadores afectados fueron:

  • Construcción: 22.8 %

  • Manufactura: 20.1 %

Ocupaciones con más casos:

  • Obreros en actividades mineras, construcción, manufacturera y transporte: 24.3 % Limpiadores y asistentes: 12.7 %

  • Oficiales y operarios de construcción: 12.7 %

Las enfermedades del sistema musculoesquelético y tejido conjuntivo son las que más casos concentran.

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