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Régimen Simple de Tributación: modelo integrador de impuestos

“La finalidad última del Régimen Simple de Tributación es buscar la simplicidad del sistema tributario y liberar a los contribuyentes de cargas formales y sustanciales, impulsando la formalidad”, Jorge Luis Valencia.

 

Por: Lourdes Cruz Cárdenas  -Facultad de Ciencias Económicas-

La Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN–, no sólo maneja la Factura y la Nómina Electrónica como un paso importante en materia de transparencia en las operaciones comerciales y la actualización del ecosistema de intercambio electrónico de datos, sino que también ha impulsado en los últimos años el Régimen Simple de TributaciónRST–, el cual está reglamentado por la ley 2010 de 2019 y los Decretos 1468 de agosto de 2019 y 1091 de 2020.

persona-declaración-impuestosEn tal sentido, explicó Jorge Luis Valencia Salazar, funcionario de la Dirección Seccional de Impuestos de Medellín e invitado al Laboratorio Financiero de la Facultad de Ciencias Económicas, “la finalidad última del Régimen Simple de Tributación es buscar la simplicidad del sistema tributario y liberar a los contribuyentes de cargas formales y sustanciales, impulsando la formalidad”.

Con el interés de repasar varios elementos en torno a este tema, el señor Valencia se refirió a que el RST no es un nuevo impuesto, sino un modelo que sustituye el impuesto sobre la renta, dejando un tributo más simple que integra al impuesto nacional al consumo y el impuesto de Industria y Comercio –ICA– consolidado.

De manera que, el contribuyente de este régimen, persona natural o jurídica, con ingresos brutos inferiores a 80.000 Unidades de Valor Tributario –UVT–, equivalente a $2.848 millones a 2020 y actualizando el RUT con la responsabilidad 47, entre otros requisitos, no debe preocuparse por el impuesto a la renta, pero si declarar el impuesto sobre las ventas, el impuesto nacional al consumo cuando se desarrollen servicios de expendio de comidas y bebidas y los aportes a pensiones si aplica como empleador.

Precisamente, la base gravable de éste régimen es la totalidad de los ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios percibidos en el respectivo período gravable, adicional, el hecho generador es la obtención de ingresos susceptibles de producir un incremento en el patrimonio; sin embargo, no integran la base gravable los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional y los ingresos constitutivos de ganancia ocasional.

En términos del ICA, recordó el funcionario durante su intervención, el hecho generador son la realización de actividades comerciales, industriales y de servicios que se ejerzan en las respectivas jurisdicciones municipales, exceptuando o depurando los ingresos por actividades exentas, excluidas o no sujetas, así como las devoluciones, rebajas y descuentos; exportaciones y la venta de activos fijos. 

Sin embargo, entre los cambios principales de la ley 2010 de 2019, las personas que estén en el RST deberán declarar el impuesto al patrimonio y en materia del IVA, sólo estarán obligados a declarar siempre y cuando sean responsables de IVA.

pequeño-mercadoA manera de ejemplo, no son responsables de IVA las actividades del grupo número 1 del RST como tienda pequeña, mini mercado, micro mercados y peluquerías, que realicen como actividad principal la comercialización de alimentos (víveres en general), bebidas, tabaco, entre otro tipo de mercancía al detal y para el consumo final, siempre que no sea responsable del impuesto al consumo de expendio de comidas y bebidas.

Ahora bien, los contribuyentes del RST están obligados a pagar de forma bimestral un anticipo a título de este impuesto, a través de los recibos de pago del régimen simple y su base, agregó el señor Valencia, depende de los ingresos brutos bimestrales y la actividad desarrollada. 

Cabe resaltar que para el caso del impuesto ICA, señaló el funcionario, se mantiene la autonomía de los entes territoriales para la definición de los elementos estructurales del impuesto, y como indica la norma, siempre se tributará por la tarifa más alta, que se desagrega de acuerdo al ingreso y actividad, adicional, cuando se declara la prestación de servicios, no hay que hacerlo por municipio sino con el ICA consolidado.

Por otro lado, si bien el régimen simple es de una estructura plana, hay descuentos tributarios importantes que van directamente al impuesto y la declaración anual tributaria, como sucede con el aporte al 12% del Sistema General de Pensiones, siempre y cuando el contribuyente tenga trabajadores con relación laboral. En este punto, aclaró Valencia, se presentan condicionantes asociados a que el descuento por este concepto no podrá exceder el valor del anticipo bimestral, la parte que corresponda al ICA consolidado no será cubierta por este impuesto y sólo aplicarán descuentos para impuestos del orden nacional.

Finalmente, en el RST los contribuyentes no están sujetos a retención en la fuente a título de Renta, ni están obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente, sin embargo, hay excepciones según el numeral nueve del artículo 437-2 del Estatuto Tributario, frente a la retención en la fuente a título de IVA y los pagos laborales, donde participan los contribuyentes del impuesto Simple, responsables del IVA y aquellos contribuyentes que realicen pagos laborales únicamente.

Aunque, se suman nuevos autorretenedores, agregó el señor Valencia al término del encuentro, pero a título de impuesto sobre la renta para los vendedores de bienes y servicios que sean contribuyentes del régimen ordinario y agentes retenedores de renta, cuando se trate de operaciones realizadas con personas vinculadas al régimen simple.

 

Imágenes tomadas de www.pexels.com - www.pixabay.com/

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