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Los errores de la Reforma Tributaria

“Si el gobierno quiere hablar de una reforma tributaria debe pensar en un contexto oportuno, no tiene sentido poner a declarar renta a personas sin peso tributario”

 

Por: Lourdes Cruz Cárdenas  -Facultad de Ciencias Económicas-

manifestacionesEl pasado 28 de abril de 2020 y en medio del descontento de la ciudadanía que salió a manifestarse en las calles, así como por la presión ejercida por los partidos políticos, el presidente de Colombia Iván Duque anunció que, en la nueva reforma tributaria no se tocaría el IVA para los alimentos, tampoco para los servicios públicos y además se buscarían medidas de menor envergadura para las personas naturales.

Sin embargo, en alocución dirigida a los colombianos el domingo 2 de mayo, el mandatario solicitó al Congreso de la República retirar el proyecto de reforma presentado por el Ministerio de Hacienda y construir un nuevo texto basado en el consenso.

Cabe recordar que, la reforma tributaria propuesta por el Gobierno tenía tres grandes capítulos dirigidos a las personas naturales, las personas jurídicas y al tema del IVA, por lo que la Facultad de Ciencias Económicas y su Especialización en Gestión Tributaria convocaron al conversatorio, Reforma Tributaria: Implicaciones para las personas naturales, donde el profesor Omar Hernando Bedoya Martínez, coordinador de la especialización se refirió al proyecto como regresivo e inoportuno para las personas naturales.

Omar Hernando Bedoya Martínez“El proyecto de reforma daba el mismo tratamiento a todos, quienes ganan menos de 10 salarios mínimos y aquellos que ganan más de 30 o 40 y no puede ser igual, por eso el concepto de renta para la reforma era regresivo; no gravaba al que más ganara, no había análisis ni comparación, estaba alejado de la realidad al pretender que la renta líquida de un asalariado es el 70%”, señaló el profesor Bedoya. 

En la foto, el profesor Omar Hernando Bedoya del Departamento de Ciencias Contables 

Con la Reforma Tributaria, recordó el Abogado y Contador Público, el Gobierno eliminaba unilateralmente todas las deducciones, costos y rentas exentas que los asalariados tuvieron a su favor desde hace 50 años aproximadamente. Varias de estas personas tienen a cargo familia, dependientes, créditos de vivienda y hacen aportes voluntarios a pensiones, así que esta acción y plantear una tarifa deducible del 25% suponía una renta líquida para los contribuyentes de casi el 70%.

Lo otro es el Impuesto Temporal Solidario que tendría una tarifa del 10% para personas naturales con ingresos de $10 millones o más, que al hacer su declaración de renta en 2022 podían descontar este porcentaje como retención en la fuente.

En contexto, manifestó el profesor Bedoya, en Colombia una reforma tributaria tiene iniciativa parlamentaria o ejecutiva y en este caso la iniciativa fue del ejecutivo, pero las discusiones frente a estos proyectos se dan en el Congreso de la República en cabeza de la Cámara de Representantes.

Discusión a la que hoy se suman las propuestas de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia –ANDI–, el Consejo Gremial y los partidos políticos, además de la voz que, resaltó el presidente Duque en su alocución, escuchó de la ciudadanía. Así que, las líneas que el Gobierno evaluará ahora son: una sobretasa de renta temporal a empresas, prorrogar el impuesto al patrimonio de forma temporal, incrementar el impuesto a los dividendos transitoriamente, crear una sobretasa de renta a personas de mayores ingresos y profundizar programas de ahorro estatal.

Ahora bien, toda Reforma Tributaria tiene implicaciones en el siguiente periodo fiscal, es decir, los 167 artículos que tenía el proyecto de reforma hoy retirado, comenzarían a aplicarse en el año 2022 y su materialización en el año 2023. Sin embargo, las personas naturales que declaran renta lo hacen año vencido y muchas de ellas que cumplen con este proceso, al día de hoy están desempleadas y los ingresos obtenidos en 2020 ya fueron utilizados, situación que no contempló el Gobierno. 

alimentos-IVA-bienesAdicional, sostuvo el profesor Bedoya, el Estado no sólo estaba eliminando todo lo inherente al asalariado, sino también el beneficio de las cesantías al constituirlo como un ingreso.

Los nuevos declarantes también se sumaban al proyecto, pasando de las personas con ingresos superiores a $47 millones aproximadamente y un patrimonio de $150 millones, a personas con ingresos por $14,5 millones y un patrimonio de $90 millones para 2022; asimismo, de las personas naturales que pagan impuesto de renta por ingresos líquidos superiores a $38 millones aproximadamente, se iniciaría el 2023 con aquellos de $20 millones. 

Por otro lado, plantear una reforma tributaria entre los meses de abril y mayo tiene incidencia en el componente del IVA como otro gran grueso del proyecto, explicó el académico y Magíster en Tributación y Política Fiscal, pues los periodos de este gravamen pueden ser bimestrales o cuatrimestrales y en tal sentido, el segundo periodo fiscal del IVA es mayo-junio, lo cual implicaba que a partir de mayo de 2021 las modificaciones hechas al IVA se cumplieran este mismo año.

Además, pasar los bienes exentos de IVA a bienes excluidos como proponía el articulado, ocasionaba no hacer devolución del IVA a los productores por los insumos utilizados en la producción de bienes exentos, trasladando el impuesto al consumidor final.

Finalmente, la Reforma Tributaria puede evitarse a pesar del déficit fiscal. De acuerdo con el profesor Bedoya en su intervención, una alternativa pueden ser los bonos de guerra o bonos de paz, –se refiere a que las personas que pagan impuesto de renta compren bonos, a manera de préstamo, mientras la economía se recupera– y según el académico, en el país hay personas con grandes recursos para participar de dicha operación, sin embargo, concluyó, “si el Gobierno quiere hablar de una Reforma Tributaria debe pensar en un contexto oportuno, no tiene sentido poner a declarar renta a personas sin peso tributario”.

 

Imágenes tomadas de: www.pexels.com

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