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Talento Humano, salud y bienestar

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Comité de convivencia laboral

Publicado 26 jul. 2022

Es un comité creado con propósito de establecer medidas preventivas de acoso laboral y para implementar los correctivos necesarios para generar una conciencia colectiva de convivencia, que promueva el trabajo en condiciones dignas y justas, armonía entre quienes comparten vida laboral y propicie el buen ambiente en la Institución, la protección de la intimidad, la honra, el respeto, la salud mental y la libertad de las personas en el trabajo.

Procura proteger a los trabajadores contra riesgos psicosociales: maltrato, persecución, discriminación, entorpecimiento, inequidad, desprotección y todas aquellas condiciones del trabajo que afectan la salud y configuran un acoso laboral.

¿Cuál es su propósito?

Establecer medidas preventivas de acoso laboral para implementar los correctivos necesarios que se generan: 

  • Una conciencia colectiva de convivencia

  • Promueva el trabajo en condiciones dignas y justas, armonía entre quienes comparten vida laboral

  • Propicie el buen ambiente laboral en la Institución

  • La protección de la intimidad, la honra, el respeto, la salud mental y la libertad de las personas en el trabajo

¿Cuál es la normativa que constituye al Comité de Convivencia?

A nivel Nacional la Ley 1010 de 2006 y las Resoluciones 2646 de 2008 del Ministerio de la Protección Social, y del Ministerio de Trabajo la 652 de 2012 y la 1356 de 2012 

A nivel Institucional el artículo 11 del Estatuto General de la Universidad (Acuerdo Superior 1 de 1994) y las Resoluciones Rectorales 37917 de 2013, 38203 y 38718 de 2014.

¿Quiénes lo conforman?

Cuatro miembros por parte de la Universidad y cuatro por parte de los servidores públicos universitarios, elegidos por votación.

Por parte de la Administración son miembros el Jefe de la División de Talento Humano, El Coordinador del Sistema de seguridad y salud en el trabajo, Un psicólogo designado por la Dirección de Bienestar Universitario y Un profesional designado por la Vicerrectoría de Docencia o sus delegados.

En calidad de representantes de los servidores de la Universidad de Antioquia: Cuatro (4) servidores públicos vinculados a la Universidad, que se desempeñen oficios de las plantas de cargos, con sus respectivos suplentes.

Nombres y apellidos

Cargo

Representación

María Rocío Bedoya Bedoya 

Presidenta

Representante Profesoral Principal

Ana María Cano Tabares

Secretaria

Representante Principal Empleados

Mónica María Pérez Castaño 

Suplente Secretaria

Representante Suplente Empleados

Ángela María Chaverra Band 

 

Representante Profesoral Suplente

Leidy Johana Cardona Chavarría  

 

Representante Riesgos Ocupacionales

Jaidi María Obregón

 

Representante Suplente Riesgos Ocupacionales

María Cecilia Plested Álvarez 

 

Representante Profesoral Principal

Rafael Darío Aguilar Aguilar  

 

Representante Profesoral Suplente

María José Sandstede Rivas 

 

Representante Bienestar Universitario

Diego Leandro Garzón Agudelo  

 

Representante Vicerrectoría de Docencia

Daniel Ernesto Gómez Giraldo 

 

Representante Talento Humano

Esteban Manuel Berrío Avendaño 

 

Representante Principal Empleados

Luis Carlos Hoyos Rodríguez 

 

Representante Suplente Empleados

¿Cuáles son las funciones del Comité de Convivencia Laboral?

  • Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.

  • Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral.

  • Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.

  • Crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias.

  • Formular un plan de mejora concertado entre las partes para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.

  • Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lo pactado.

  • Remitir la queja a la Procuraduría General de la Nación en aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista.

  • Presentar recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral a la alta dirección.

  • Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Convivencia a las dependencias.

¿Cómo presentar una queja ante el Comité de Convivencia Laboral?

El Comité se reúne mensualmente el último jueves del mes de 2:00 p.m. a 4:00 p.m.

Si desea presentar una queja, puede diligenciar el siguiente formato, adjuntar las pruebas necesarias; y posteriormente, radicar la queja en la oficina de Desarrollo del Talento Humano Bloque 16 Oficina 108 o en el correo electrónico: comiteconvivencialaboral@udea.edu.co

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