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La justicia social y el derecho de propiedad

05/06/2017
Por: Francisco Cortés Rodas, director Instituto de Filosofía, UdeA

"... El liberalismo social planteó, y propone hoy, que frente a las disparidades y la profunda desigualdad se deben asegurar las condiciones para proporcionar el valor equitativo de las libertades civiles y políticas y para imponer límites a la concentración de la riqueza..."

Un comentarista de mi columna de la semana pasada afirma basándose en unos videos del economista español Jesús Huerta de Soto, que “la justicia social prostituye el concepto de justicia, es arbitraria, corrupta, y que ha sido utilizada en los Estados de bienestar y en regímenes socialistas para justificar la mayor injusticia, a saber, quitarles a los ricos para darles a los pobres”.

Es importante recordar mi argumento: los problemas de justicia social en nuestro país deben resultar de la comprensión de la injusticia real que viven millones de personas excluidas del disfrute de sus derechos. Por ejemplo, la experiencia de injusticia en el campo resultó del despojo de las tierras de los campesinos que los grandes hacendados hicieron en las últimas décadas, mediante la fuerza y el engaño. Entonces, ¿cuál es la justicia que prostituye el concepto de justicia? ¿la social? o ¿la que afirma el carácter absoluto del derecho de propiedad?

Neoliberales o libertarianos como Robert Nozick, Friedrich Hayek y Milton Friedman consideran que el concepto de justicia social no tiene ningún sentido y que no puede ser usado como fundamento de legitimación del Estado. Afirman también que el mercado no puede ser valorado desde una perspectiva de justicia distributiva.

Para el neoliberalismo, la sociedad es un sistema de coordinación de individuos que actúan de forma independiente. Su protagonista es el productor propietario, poseedor de los medios de producción, que lleva al mercado los bienes que produce. El mercado genera así relaciones justas dándole a cada uno lo que le corresponde, puesto que a ninguno le corresponde más de lo que puede recibir en el mercado por sus talentos y capacidades.

Según Hayek, es un hecho incontrovertible que la igualdad ante la ley que promueve la libertad conduce a una desigualdad material, pero demuestra a partir de su defensa del valor de la libertad, que la desigualdad material no puede ser corregida suprimiendo la libertad. Por estas razones, el Estado no puede intervenir en el ámbito de la autonomía privada del individuo con el pretexto de hacer valer demandas de justicia social. Concluyen así que la justicia social es una meta ilusoria.

En contraste con el criterio de la justicia neoliberal, el liberalismo social, representado por John Rawls, Amartya Sen y Martha Nussbaum, demanda que las instituciones económicas sean diseñadas de tal manera que los grupos menos aventajados de la sociedad se hallen mejor en términos de poder económico, ingreso y riqueza.

El liberalismo social planteó, y propone hoy, que frente a las disparidades y la profunda desigualdad se deben asegurar las condiciones para proporcionar el valor equitativo de las libertades civiles y políticas y para imponer límites a la concentración de la riqueza que garanticen una justa igualdad de oportunidades. Esta debe servir para corregir las desventajas sociales. “Aquellos con habilidades y capacidades similares deben tener las mismas oportunidades”, escribe Rawls. La desventaja social debe ser corregida mediante el ofrecimiento de oportunidades educativas, culturales, cuidado de la salud, etc. Esto no es una meta ilusoria, es justicia.

Este texto fue publicado en el periódico El Colombiano el martes 30 de mayo de 2017


Nota

Este es el espacio de opinión del Portal Universitario, destinado a columnistas que voluntariamente expresan sus posturas sobre temáticas elegidas por ellos mismos.  Las opiniones aquí expresadas pertenecen exclusivamente a los autores y no reflejan una opinión o posición institucional de la Universidad de Antioquia.

 

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