Z7_89C21A40LGRJC0A6CAE7SVL2O1
Clic aquí para ir a la página gov.co
Emisora UdeA
Z7_89C21A40LGRJC0A6CAE7SVL240

Generales

Z7_NQ5E12C0LO02E0QOBJGLM10OC2

Claridades respecto al programa DOMO

Desde hace unos días, a través de las redes sociales y otros medios, se compartió una denuncia anónima en referencia al programa DOMO. En este sentido, desde la coordinación general del programa, adscrito al Departamento de Desarrollo Humano de la Dirección de Bienestar Universitario, consideramos necesario informar lo siguiente:

• DOMO es una iniciativa institucional que vincula en condición de colaboradores a estudiantes con necesidades socioeconómicas identificadas, de tal manera que puedan recibir una contraprestación económica con un contrato laboral que favorezca su permanencia y culminación de sus proyectos académicos. Este programa se enmarca en las políticas de Bienestar Universitario y tiene como fin ofrecer productos de alimentación y otros complementarios a la vida académica dentro de las sedes de la Universidad.

• Los recursos, producto de las ventas, son utilizados para el pago de la nómina de los y las estudiantes y el personal requerido, además para realizar la compra de los productos ofrecidos a la comunidad y atender los lineamientos normativos para la venta de alimentos.

• Producto de la gestión durante el 2023, en junio de este año se transfirieron excedentes por $100 millones de pesos, recurso que se destinó al programa de becas para la permanencia, beneficiando a 57 estudiantes de las diferentes sedes y seccionales. Esta acción se hace posible mediante del Convenio Específico de Cooperación 8013-001-2014 suscrito con la CIS, el cual tiene concebido que, en caso de generar excedentes, estos se transfieren a la Universidad para su destinación en programas de Bienestar Universitario. Vale la pena aquí anotar que la CIS no hace ningún cobro a la Universidad por la administración del programa.

• Los y las estudiantes de pregrado, desde su vinculación laboral en el marco del Convenio Específico de Cooperación anteriormente mencionado, cuentan con afiliación al régimen contributivo a la salud, pensión, ARL y caja de compensación familiar; además de todas las prestaciones sociales como vacaciones, primas, cesantías e intereses a las cesantías que la ley obliga, además de la flexibilidad horaria para atender sus compromisos académicos. También participan de capacitaciones de salud y seguridad en el trabajo, buenas prácticas de manufactura, manipulación de alimentos, servicio al cliente y finanzas personales, entre otras.

• Asimismo, los colaboradores del programa acceden, según los términos y condiciones, a los servicios que desde la Dirección de Bienestar se ofrecen a estudiantes, empleados y profesores en cumplimiento de los principios de universalidad y solidaridad, mediante el Modelo de Bienestar Universitario definido por el Acuerdo Superior 173 de 2000. Este modelo se soporta en tres departamentos: (i) Desarrollo Humano, que tiene a cargo los procesos de acompañamiento socioeconómico, fomento artístico y cultural y administración de la oferta comercial existente en la institución; (ii) Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad, que realiza actividades de orientación, atención y acompañamiento en salud física y mental; y (iii) Deportes, que coordina y pone a la comunidad cuatro líneas del deporte: formativo, recreativo, representativo y actividad física para la salud. Adicionalmente, cuenta con un cuarto programa (iv) denominado Fondos de Bienestar Universitario –FBU–. Es preciso señalar que en cumplimiento de los principios de universalidad y solidaridad que rigen el sistema de bienestar de la institución, toda la comunidad universitaria puede acceder, sin discriminación, a los programas y servicios de bienestar, en particular los de apoyo social, siempre y cuando cumplan los criterios de selección que ha definido la Universidad con base en la valoración de las condiciones particulares de los solicitantes.

Lee la circular completa:

Diseño

Z7_89C21A40LGRJC0A6CAE7SVL241
Z7_89C21A40LGRJC0A6CAE7SVL2K2