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Asignación y cambio de categoría para profesores de cátedra

El profesor de cátedra deberá estar inscrito como aspirante a profesor de cátedra en el Portal Web Universitario. A la Oficina de Asuntos Docentes de la Universidad (16 - 132) deberán allegarse sólo los documentos conducentes a la asignación de unidades y por consiguiente, a la asignación o actualización de categoría. Así como los datos de la Unidad Académica o Administrativa que remite dicha documentación (ubicación física y número telefónico de contacto). 

Tales documentos, según lo dispuesto en el Acuerdo Superior 253 de 2003 —Estatuto del Profesor de Cátedra y Ocasional—, son:  

  • Las certificaciones laborales que respalden la experiencia calificada, adquirida después de la obtención del título profesional.  En esta certificación deben constar la fecha de inicio y finalización del contrato y la dedicación o intensidad horaria.
     
  • Títulos de pregrado y posgrado que se acreditarán con fotocopia del acta de grado en caso de títulos nacionales. Cuando los títulos sean del extranjero, sólo se acreditarán válidamente a través de la correspondiente resolución de convalidación del Ministerio de Educación Nacional. 

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A los profesores de cátedra que requieran asignación o cambio de categoría le compartimos la Circular 10 del 7 de noviembre de 2017 la cual describe los procedimientos a seguir para dicho objetivo.

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