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La Rectoría convoca la elección de la representación estudiantil ante el Consejo Superior Universitario para el periodo 2025 -2027

Lunes 17 de marzo de 2025.

Mediante la Resolución Rectoral 52165 del 14 de marzo de 2025 se habilita el proceso de elección de los representantes estudiantiles, principal y suplente, ante el CSU para el periodo 2025-2027. La inscripción de aspirantes puede hacerse hasta el miércoles 30 de julio de 2025. La votación se realizará el 11 de septiembre del mismo año.


La participación de los estudiantes en el Consejo Superior Universitario, máximo órgano de dirección y gobierno, es de vital importancia para la toma de decisiones frente a la vida institucional. Así se establece en el artículo 29 del Estatuto General, que menciona que la composición de este organismo incluye a: "Un representante de los estudiantes, elegido por éstos en votación universal, directa y secreta, para un periodo de dos años”.

En la actualidad el estamento estudiantil no cuenta con representación ante el Consejo Superior Universitario. Por lo anterior, el Rector, como lo dispone el literal a. del artículo 5 de la Resolución Rectoral 42577 del 20 de febrero de 2017, debe convocar a los estudiantes a la elección de su representante ante el máximo órgano de dirección y gobierno.   

 Conozca la Resolución Rectoral 52165 de 2025 que convoca a esta elección


Calidades para aspirar a ser representante estudiantil ante el CSU

El artículo 29 del Estatuto General, en sus parágrafos 3, 5 y 6, indica que: 

Quien aspire a ser representante de los estudiantes en el Consejo Superior debe, en la fecha de la elección, ser estudiante de la Universidad con matrícula vigente en por lo menos doce créditos de su programa; haber cursado y aprobado más del cuarenta por ciento de los créditos de su plan de estudios, con un promedio crédito acumulado igual o superior a tres con cinco, y no haber sido sancionado disciplinariamente. Esta representación es incompatible con cualquier participación en otros consejos o comités de la Universidad.  

El período para ejercer la representación se cuenta partir de la fecha de la primera sesión de la Corporación que se realice con posterioridad a la designación. Los representantes de las directivas académicas, de los profesores y de los estudiantes dejan de pertenecer al Consejo Superior cuando sean sancionados disciplinariamente o pierdan, respectivamente, la calidad de decano, profesor o estudiante, respectivamente. Los períodos de vacaciones no interrumpen la representación estudiantil. 
 
El representante de los estudiantes es elegido con su suplente, quien debe tener las mismas calidades, impedimentos, inhabilidades e incompatibilidades del titular, y lo reemplaza en sus ausencias temporales o definitivas. En caso de retiro definitivo, el suplente asume la representación hasta completar el período correspondiente.

Calendario de la convocatoria  

  • Inicio de la convocatoria: 14 de marzo de 2025. 
  • Cierre de inscripción (presencial o virtual): 30 de julio de 2025 hasta las 16:00 horas.
  • Votación electrónica: 11 de septiembre de 2025 desde las 8:00 hasta las 16:00 horas.
     

Requisitos de inscripción  

Las personas que aspiren a la representación estudiantil, principal y suplente, deben realizar su inscripción ante la Secretaría General. La inscripción puede hacerse de manera presencial en la oficina 337 del bloque 16 de la Ciudad Universitaria, campus Medellín, o a través de correo electrónico dirigido a secretariogeneral@udea.edu.co hasta el 30 de julio del 2025 a las 16:00 horas (hora legal colombiana) en ambas formas de inscripción.  

Los requisitos de inscripción están señalados en el literal c del artículo quinto de la Resolución Rectoral 42577 de 2017, de la siguiente manera: 

  • Hoja de vida con los respectivos soportes. 
  • Propuesta de representación. 
  • Manifestación por escrito de aceptación a la postulación. 
  • Respaldo, no menos de 100 firmas de estudiantes señalando el nombre de cada estudiante, el programa al que pertenece y su documento de identidad. La confirmación de la calidad de los estudiantes que respaldan la postulación con su firma la realizará la Vicerrectoría de Docencia. Un estudiante no podrá respaldar la postulación de más de un aspirante. 


Al momento de la inscripción, cada aspirante informará a la Secretaría General el nombre y el número de identificación de su delegado quien hará parte de la comisión veedora en la jornada de votación electrónica.  

¿Cómo podrán votar las/los electores?  

En la jornada de votación del 11 de septiembre de 2025 podrán participar los estudiantes de pregrado y posgrado que, a más tardar el día 4 del mismo mes, tengan matrícula vigente en los sistemas de información de la Universidad. 

Normativa institucional asociada a la convocatoria: 

Archivo PDFEstatuto General (Acuerdo Superior 1 de 1994) artículos 6 y 29 
Archivo PDFResolución Rectoral 52165 de 2025  por la cual se convoca a la elección de los representantes estudiantiles, principal y suplente, ante el Consejo Superior Universitario  
 
Archivo PDFResolución Rectoral 42577 de 2017 por la cual se reglamenta la elección de los representantes estudiantiles ante el Consejo Superior

 

Universitario. Si requiere más información escriba a participacion@udea.edu.co

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