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Consejo de Instituto
El Consejo de Instituto es el órgano de gobierno, decisorio en lo académico y asesor del Director en los demás asuntos.
El artículo 18 del Estatuto General establece como uno de los principios rectores del quehacer universitario la participación, entendida como el derecho del personal universitario a “participar de forma individual o colectiva en la vida institucional (…)” materializado, entre otras formas, en la representación de profesores, egresados y estudiantes en los distintos órganos de gobierno de la Universidad.
Integrantes
Funciones
El Consejo de Instituto es el órgano de gobierno, decisorio en lo académico y asesor del Director en los demás asuntos. En el artículo 60 del Acuerdo Superior 1 de 1994, por el cual se expide el Estatuto General de la Universidad de Antioquia, se definen las funciones de los Consejos de Facultad, al que se asimila el Consejo de Instituto, de la siguiente manera:
a. Dirigir y controlar el desarrollo curricular de la Facultad con la asesoría del Comité de Currículo y de los Comités de los Institutos, de las Escuelas y de los Departamentos Académicos.
b. Proponer al Consejo Académico los planes de investigación, de desarrollo docente y de extensión de la Facultad, controlarlos y evaluar su cumplimiento.
c. Aprobar los programas de los cursos y velar por su cumplimiento en cada semestre.
d. Formular políticas específicas de investigación, de docencia y de extensión que redunden en elevar la calidad de la vida académica.
e. Adoptar, a propuesta del Decano, el plan de desarrollo de la Facultad y evaluar su cumplimiento.
f. Promover estudios sobre la pertinencia y actualización de los programas de la Facultad, y sobre la situación profesional y laboral de los egresados.
g. Adoptar el calendario de actividades académicas de acuerdo con las normas vigentes.
h. Resolver, en el ámbito de su competencia, los problemas académicos que se presenten en la Facultad.
i. Crear los Comités, las comisiones y los grupos de trabajo que juzgue convenientes para el desarrollo de las actividades investigativas, docentes y de
extensión en la Facultad.
j. Proponer al Consejo Académico la creación, fusión, suspensión o supresión de programas académicos.
k. Proponer al Rector las modificaciones de la estructura académico administrativa de la Facultad.
l. Emitir concepto previo y favorable para la contratación de profesores ocasionales y visitantes, y ratificar la de los profesores de cátedra.
ll. Proponer a las autoridades universitarias candidatos a estímulos y a distinciones.
m. Recomendar al Rector o al Decano, según la duración, las comisiones de estudio para los profesores.
n. Recomendar al Consejo Académico, el cual decidirá, la concesión del año sabático a los profesores de la dependencia.
ñ. Promover la publicación y difusión de los logros y actividades de la Facultad.
o. Asesorar al Decano cuando él lo solicite.
p. Darse su propio reglamento.
q. Las demás que le señalen los estatutos y los reglamentos de la Universidad.
Contacto
Correo: maritza.montenegro@udea.edu.co
Teléfono [57 +604] 219 5685













