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Académicos se benefician con exención de visa

25/02/2016
Por: Andrea Quintero Cardona - Dirección de Relaciones Internacionales

Son varias y beneficiosas las oportunidades que surgen para la comunidad universitaria con el Acuerdo de exención de visa suscrito por Colombia con la Unión Europea, al considerar que buena parte de la movilidad internacional puede desarrollarse en 90 días y que los viajeros tienen permitido realizar entradas múltiples a los países miembros.

Estudiantes, profesores y administrativos de la Universidad de Antioquia que viajaron a los países miembros del Acuerdo. Fotos: archivo Dirección de Relaciones Internacionales.

El Acuerdo de exención de visa suscrito por Colombia con la Unión Europea en diciembre de 2015 abrió las puertas para un tránsito más libre hacia este continente y, aunque todos los colombianos son los beneficiados, para la comunidad académica esta medida facilita su participación en cursos, investigaciones y eventos internacionales por menos de 90 días, reduciendo los costos y los trámites que anteriormente representaban un obstáculo. 

Según este Acuerdo, los ciudadanos colombianos pueden realizar visitas de corta estadía en los 30 países miembros (1), siempre que sus fines sean turísticos, de negocios, para tratamientos médicos, visitas familiares, deportivos, de intercambio cultural, cubrimiento de medios de comunicación, asistencia a eventos y estudios de corto plazo. Esta última modalidad contempla cursos cortos de invierno o verano, cursos de idiomas, misiones académicas y algunas pasantías de investigación, rotaciones médicas y prácticas profesionales.

De acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, Cancillería, esta exención puede contribuir al posicionamiento de la calidad académica de Colombia a nivel internacional, ya que “el acuerdo contempla la posibilidad de realizar estudios cortos en distintas disciplinas, de este modo el aprovechamiento de dichos espacios es ahora un reto para las instituciones educativas del país, para que promuevan el intercambio cultural y académico tanto de sus estudiantes como de profesores. El logro que significó la firma del Acuerdo de eliminación de visa de corta de estadía con la Unión Europea se traduce en beneficios para la libre movilidad de todos los colombianos”.

Existen actividades que no hacen parte de las posibilidades que ofrece la exención como los intercambios académicos, los programas completos de pregrado o posgrado, las dobles titulaciones y las estancias posdoctorales. Estos estudios suelen desarrollarse en 120 días o más y por lo tanto, se debe solicitar una visa de larga duración o residencia. Además, según la Cancillería, “en la actualidad ningún acuerdo de exención de visa de corta estadía prevé una ampliación ni de plazos ni de actividades a desarrollar en el país de destino”.

Una lectura de las cifras de internacionalización de la Universidad de Antioquia señala que la comunidad académica opta, en la mayoría de las ocasiones, por los tipos de movilidad contemplados en este Acuerdo. Del total de estudiantes de pregrado y posgrado que viajaron al exterior en 2015, el 55% lo hicieron en un tiempo igual o inferior a los 90 días permitidos y bajo las modalidades de cursos cortos, rotaciones, prácticas, misiones y pasantías. En cuanto a los docentes que se movilizaron, casi el 100% participó en cursos cortos, pasantías de investigación y como profesores invitados.  

Así mismo, 20 países de la Unión Europea donde aplica la exención de la visa fueron elegidos por los estudiantes y profesores de la Universidad como destinos académicos durante 2015. Entre los más recurrentes están España, Italia, Alemania, Francia y Suiza. “La exención de visa facilita la movilidad de los colombianos en 30 países del mundo que nos abrieron sus puertas desde el 3 de diciembre de 2015; siendo actualmente 75 países los que eximen de visa a los connacionales y promueven el intercambio cultural, académico y deportivo”, resalta la Cancillería.

Recorrer el continente

Uno de los objetivos de la movilidad académica es propiciar el intercambio cultural, razón por la cual es beneficioso que se puedan realizar entradas múltiples a los países miembros. Sin embargo, no se puede olvidar contabilizar los días de permanencia dentro de los territorios, ya que el período total de la estancia no debe exceder los 90 días, continuos o no, dentro de un periodo de 180 días. 

También es importante recordar, sobre todo para aquellos jóvenes que viajan al continente europeo como “mochileros”, que entre algunos estados se realizan controles fronterizos o policiales, por lo que se debe mantener la documentación en regla y, aunque haya exención de visa, es necesario presentar soportes para la estadía como reservas de hotel, cartas de invitación y recursos económicos.  

Los estados miembros del Acuerdo comprueban que los ciudadanos colombianos tengan los recursos económicos suficientes para permanecer en cualquiera de ellos, para regresar al país de origen o para realizar un tránsito a otro territorio. No existe un presupuesto mínimo ni máximo, sino que depende directamente de los lugares que se pretendan visitar y del tiempo de la estadía.

Para probar los medios de subsistencia suficientes, las embajadas se basan en los montos que las personas poseen en efectivo, cheques o tarjetas de crédito, recursos familiares y/o documentación que certifique que son beneficiarios de una beca, la cual puede ser emitida por universidades o por las mismas instituciones que ofrecen la financiación. 

Debe tenerse en cuenta que la exención no permite trabajar en los territorios visitados, ya que todas las naciones involucradas exigen un visado para realizar cualquier actividad remunerada, incluso si es por menos de 90 días. Es importante ponerse en contacto con la embajada o consulado de cada país con el fin de conocer la normatividad para los estudiantes internacionales, en cuanto al lugar, la  actividad y al tiempo autorizados para trabajar. Consulte mayor información en www.cancilleria.gov.co, ingresando al botón “Información clave para viajar a Europa sin visa”.

 

(1) El Acuerdo de exención de visa aplica para: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca (sin Groenlandia ni las Islas Feroe), Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia (sin los territorios de ultramar), Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumania, Suecia y Suiza. Sobre los territorios de ultramar de Países Bajos, Aruba la eliminó desde el 3 de diciembre de 2015, en tanto que Curazao descartó el requisito de visado desde el 1 de agosto de 2015. Ni Irlanda ni el Reino Unido se encuentran dentro del Acuerdo, por lo que es necesario solicitar una visa para ingresar.

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