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Opinión

Morir dignamente en Colombia

06/12/2022
Por: Camilo Andrés Luna García - Estudiante de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas UdeA

«A pesar de tan desalentador panorama para las personas que hoy esperan pueda ser garantizado y protegido su derecho a morir dignamente, el debate alrededor de este tema aún no termina. La razón de esto tiene que ver con el Proyecto de Ley Estatutaria 006 de 2022, radicado en la Cámara de Representantes».

«Una vez me enteré de la evolución de esta enfermedad y comenzó el desgaste físico y emocional, me convencí de que la alternativa más positiva para mí era acceder a la eutanasia. Es la única manera de descansar y dar por terminada una vida de agobio y dolor». Estas fueron las últimas palabras de Yolanda Chaparro, la mujer colombiana de 71 años que tuvo que enfrentarse jurídicamente, por aproximadamente un año, contra todo un sistema de salud que en pleno siglo XXI insiste en negarse a dar un acceso libre y seguro al derecho a morir dignamente, todo después de enterarse que padecía una enfermedad degenerativa —esclerosis lateral amiotrófica—.

El derecho fundamental a una muerte digna y, en especial, al acceso a la muerte medicamente asistida, son temas que en las últimas décadas han generado un álgido debate en la opinión pública colombiana y en los diferentes espacios de poder. El último y más reciente debate alrededor de estos temas se dio a raíz de una sentencia de la Corte Constitucional, la C 164 – 2022, a través de la cual se despenalizó el suicidio o la muerte medicamente asistida en casos en los que las personas padezcan una enfermedad o lesión que les cause intenso dolor físico o psíquico, eliminando con ello el requisito de enfermedad terminal. 

En términos constitucionales, no es la primera vez que la Corte se pronuncia a favor del derecho fundamental a morir dignamente y su materialización en la muerte medicamente asistida. La primera vez fue en el año 1997, cuando el entonces magistrado Carlos Gaviria Díaz, como ponente de la sentencia C 239 – 1997, se pronunció a favor del derecho a morir dignamente, despenalizando así el «homicidio por piedad» en los casos en los que las personas padecieran una enfermedad terminal y decidieran hacer uso de su derecho a morir en dignidad. Desde entonces, podemos decir que la «eutanasia» es legal en Colombia, convirtiéndose en el primer país latinoamericano en legalizarla. 

Sin embargo, a pesar de que a partir de esa primera sentencia la Corte ha exhortado al Congreso de la República en aproximadamente ocho ocasiones y a través de diferentes sentencias, a reglamentar la muerte medicamente asistida, tal regulación no ha podido ser posible en el legislativo. Así fue como el Ministerio de Salud adoptó este papel mediante diferentes resoluciones, que no tienen el suficiente peso normativo para garantizar, a plenitud, tal derecho fundamental.

La imposibilidad de llevar a cabo una regulación efectiva de la eutanasia se debe especialmente a razones políticas, en un país que se ha caracterizado por ser mayoritariamente conservador y, en el mismo sentido, religioso. Tomar posiciones sensatas en favor de garantizar derechos de este tipo, sin duda tiene sus costos en materia de capital político, nadie va a querer perder su electorado. Por ende, los legisladores de las diferentes bancadas y partidos que han pisado el congreso desde 1998, han mostrado una postura abiertamente radical frente a derechos como estos, lo que ha impedido que los aproximadamente 14 proyectos de ley estatutaria que tenían la intención de regular el acceso al derecho fundamental a la muerte digna y la muerte medicamente asistida, superaran su primer debate en comisiones correspondientes, o segundo debate en la plenaria de la Cámara de Representantes o del Senado. 

A pesar de tan desalentador panorama para las personas que hoy esperan pueda ser garantizado y protegido su derecho a morir dignamente, el debate alrededor de este tema aún no termina. La razón de esto tiene que ver con el Proyecto de Ley Estatutaria 006 de 2022, radicado en la Cámara de Representantes, el cual puede traducirse en un intento más por poder, de una vez por todas, regular el acceso a una muerte digna. Este proyecto de ley ya fue aprobado en la comisión primera constitucional permanente y está a la espera de ser discutido en la plenaria de la Cámara de Representantes. 

Lo anterior, sin duda, es una gran nueva esperanza para las personas que anhelan poder contar con ese derecho sin necesidad de someterse a procesos dilatorios y desgastantes. Sin embargo, falta esperar cómo se torna en el debate en la plenaria de la cámara de representantes, debate que, sin duda, dejará mucho qué inferir frente a otros temas, como la regulación del aborto, debate que seguramente tendrá lugar en una de estas dos primeras legislaturas.

De ser aprobado este proyecto de ley en la Cámara, tendrá que someterse al respectivo trámite en el senado de la república, dicho proyecto, a pesar de no ser una bandera declarada del gobierno de Gustavo Petro, es a todas luces una de las emergentes bancadas progresistas que hoy hacen parte del legislativo, y de ser aprobado será, sin duda, un avance en materia de derechos y libertades a nivel institucional, pero también marcara el giro de una sociedad extremadamente conservadora a una más plural, multicultural y progresivamente respetuosa de derechos que más de una vez se han visto envueltos en álgidos debates políticos, sociales y académicos.
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Notas:

1. Este es el espacio de opinión del Portal Universitario, destinado a columnistas que voluntariamente expresan sus posturas sobre temáticas elegidas por ellos mismos. Las opiniones aquí expresadas pertenecen exclusivamente a los autores y no reflejan una opinión o posición institucional de la Universidad de Antioquia.

2. Si desea participar en este espacio, envíe sus opiniones y/o reflexiones sobre cualquier tema de actualidad al correo columnasdeopinion@udea.edu.co con el asunto «Columna de opinión: Título de la columna». Ver criterios institucionales para publicación.

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