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Consejo de Facultad
En cada Facultad existe un Consejo, decisorio en lo académico y asesor del Decano en los demás asuntos. El Consejo de Facultad es el máximo órgano académico-administrativo de la Facultad Nacional de Salud Pública, este a través de diferentes actos administrativos define las políticas para los asuntos de docencia, investigación y extensión que conciernen a la Facultad.
Periodo: 2024-2026
Nota: Con el fin de garantizar la confidencialidad y protección de la información personal, las presentes actas corresponden a versiones resumen elaboradas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Habeas Data. Las personas interesadas en acceder a las actas originales deberán realizar una solicitud formal por escrito al correo electrónico vicedecasaludpublica@udea.edu.co.
Representantes
Funciones
Según el Artículo 60 del Estatuto General de la Universidad de Antioquia, las funciones del Consejo de Facultad son:
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Dirigir y controlar el desarrollo curricular de la Facultad con la asesoría del Comité de Currículo y de los Comités de los Institutos, de las Escuelas y de los Departamentos Académicos.
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Proponer al Consejo Académico los planes de investigación, de desarrollo docente y de extensión de la Facultad, controlarlos y evaluar su cumplimiento.
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Aprobar los programas de los cursos y velar por su cumplimiento en cada semestre.
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Formular políticas específicas de investigación, de docencia y de extensión que redunden en elevar la calidad de la vida académica.
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Adoptar, a propuesta de la decanatura, el plan de desarrollo de la Facultad y evaluar su cumplimiento.
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Promover estudios sobre la pertinencia y actualización de los programas de la Facultad, y sobre la situación profesional y laboral de los egresados.
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Adoptar el calendario de actividades académicas de acuerdo con las normas vigentes.
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Resolver, en el ámbito de su competencia, los problemas académicos que se presenten en la Facultad.
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Crear los Comités, las comisiones y los grupos de trabajo que juzgue convenientes para el desarrollo de las actividades investigativas, docentes y de extensión en la Facultad.
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Proponer al Consejo Académico la creación, fusión, suspensión o supresión de programas académicos.
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Proponer a la Rectoría las modificaciones de la estructura académico administrativa de la Facultad.
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Emitir concepto previo y favorable para la contratación de docentes ocasionales y visitantes, y ratificar la de los docentes de cátedra.
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Proponer a las autoridades universitarias candidatos/as a estímulos y a distinciones.
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Recomendar a la rectoría o a la decanatura, según la duración, las comisiones de estudio para las y los profesores.
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Recomendar al Consejo Académico, el cual decidirá, la concesión del año sabático a las y los profesores de la dependencia.
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Promover la publicación y difusión de los logros y actividades de la Facultad.
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Asesorar a la decanatura cuando esta lo solicite.
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Darse su propio reglamento.
Las demás que le señalen los estatutos y los reglamentos de la Universidad. Parágrafo. El Consejo de Facultad puede delegar en los Comités de los Institutos, de las Escuelas y de los Departamentos Académicos, las funciones que considere pertinente.
Contacto
Correo Vicedecasaludpublica@udea.edu.co, apoyovicedecasaludpublica@udea.edu.co
Teléfono +57 (4) 2196802
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