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Formatos
Para cancelación de semestre
Estudiante, conozca aquí el instructivo del Aplicativo Hermes, para que se oriente para la cancelación de un semestre académico, bien sea de forma regular o extemporánea.
Por medio de este link pueden descargar los formatos
Tenga en cuenta los siguientes formatos a la hora de requerir un supletorio, segundo calificador, ajuste de matrícula o matrícula extemporánea.
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Solicitud segundo calificador
Válido solamente cuando haya sido realizada la revisión de la actividad evaluativa.
El Reglamento estudiantil de pregrado establece en su artículo 117: “Si efectuada la revisión el estudiante juzga que aún está incorrectamente evaluado, podrá pedir por escrito, en los dos días hábiles siguientes a la revisión, y ante el decano de su facultad, que le asigne un jurado de dos profesores diferentes a aquel o a aquellos que le hicieron la evaluación, para que califiquen este examen. La nota que asignen estos profesores será la definitiva para esta prueba, aunque resulte inferior a la asignada por el profesor que calificó inicialmente el examen”. Para la Facultad de Ingeniería, la función de asignación de segundo calificador está delegada al Comité de Vicedecanato. Genere un caso en el sistema de solicitudes de la Facultad de Ingeniería SSOFI, dirigido al Comité “Vicedecanatura”.
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Solicitud de supletorio
Válido solamente cuando la solicitud de supletorio haya sido negada por el docente.
El reglamento estudiantil de pregrado de la Universidad de Antioquia establece en su artículo 104: “Examen supletorio es aquel que se practica en reemplazo de una actividad evaluativa parcial o final. Los exámenes de habilitación y validación en ningún caso tendrán supletorio. Parágrafo 1. La realización del examen la solicita el estudiante a su respectivo profesor. En caso de que su solicitud sea negada el estudiante podrá apelar ante el decano de la facultad que administra el curso. Parágrafo 2. Para solicitarlo, el estudiante deberá acreditar que ha padecido calamidad doméstica, impedimento de fuerza mayor o enfermedad certificada (…). La justificación deberá presentarse a más tardar en la primera semana en que el estudiante regrese a la Universidad, después de desaparecida la causa o impedimento”. Cuando la solicitud sea negada, el estudiante cuenta con 10 días hábiles a partir de la fecha en que el docente niega la solicitud para interponer el recurso de apelación (Art. 74, Ley 1437 de 2011) ante el Vicedecanato de la Facultad de Ingeniería. Genere un caso en el sistema de solicitudes de la Facultad de Ingeniería SSOFI, dirigido a al Comité “Vicedecanatura” con el tipo de solicitud “Examen Supletorio”.